Negligencia médica

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE NEGLIGENCIA MÉDICA

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            Normalmente se acude a las consultas médicas y hospitales cuando padecemos una dolencia o enfermedad con la finalidad que nos diagnostiquen las patologías y su curación. En diversas ocasiones esas dolencias requieren diversos tratamientos, intervenciones quirúrgicas u operaciones.

A veces su aplicación no solamente no soluciona la enfermedad sufrida sino incluso puede agravarla, generar otras nuevas e incluso el fallecimiento, y todo como consecuencia de un mal diagnóstico médico o una mala praxis (negligencia médica).

La negligencia médica consiste en que un médico o profesional sanitario causa daño físico y/o moral al paciente como consecuencia de acción u omisión de no aplicar el protocolo de actuación estándar médico exigible, pudiendo darse en una pluralidad de casos y situaciones como son error en el diagnóstico, fallecimiento por no recibir la necesaria asistencia sanitaria de urgencia, e incluso en operaciones, como por ejemplo, dejarse material quirúrgico en el interior del paciente.

En caso de negligencia médica se puede solicitar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, así como responsabilidades.

En cuanto a los daños pueden ser personales (daño moral, lesiones, incapacidades temporales o permanentes y secuelas) como materiales (cantidades dejadas de percibir durante el periodo de baja, diversas facturas médicas, gastos de transportes…), siendo estas últimas correspondientes al lucro cesante y daño emergente.

Respecto al procedimiento variará las responsabilidades, dependiendo si pertenece a la sanidad pública o privada.

Si es sanidad pública se tratará de un procedimiento administrativo de reclamación de responsabilidad patrimonial ante la administración sanitaria correspondiente por daños y perjuicios de tal negligencia y tendrá un plazo máximo de un año.

Si es sanidad privada será una demanda de responsabilidad civil frente al causante de los daños, cuyo plazo máximo varía en función de lo solicitado: un año (responsabilidad extracontractual) o quince años (responsabilidad contractual).

En ambos casos los plazos se cuentan desde la curación de esa negligencia o del fallecimiento del paciente.

En Rojano Vera Abogados encontrarás una solución satisfactoria en caso de haber sufrido una negligencia médica. Estudiamos y tramitamos todas las vías posibles con celeridad, examinando el caso de manera individualizada y gestionándolo profesionalmente.

 

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