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¿A quién reclamar por daños en accidentes con animales y quién es el responsable?

En accidentes de tráfico que involucran el atropello de animales, es crucial identificar a quién se puede reclamar los daños y quién es el responsable del accidente. A continuación, te explicamos cómo determinar la responsabilidad y a quién dirigirse para reclamar.

¿A Quién Reclamar los Daños?

  1. Responsable del Accidente y su Aseguradora: Generalmente, los daños causados por un accidente de tráfico pueden reclamarse al conductor responsable del accidente y/o a su aseguradora. Esto incluye tanto los daños personales como los materiales.
  2. Accidentes con Animales Cinegéticos: En los casos de atropello de especies cinegéticas (animales cazables como ciervos, jabalíes, etc.), la responsabilidad inicial recae en el conductor que ha atropellado al animal. Sin embargo, existen circunstancias en las que la responsabilidad puede recaer en otras partes, dependiendo del contexto del accidente.

Responsabilidad en Atropellos de Animales Cinegéticos

Según la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTCVMSV), la responsabilidad principal suele ser del conductor que atropella al animal. No obstante, esta responsabilidad puede variar en función de las circunstancias específicas:

  1. Dueño de una Explotación Cinegética: El propietario de una explotación cinegética puede ser responsable si el atropello del animal es consecuencia directa de una acción de caza. Esto ocurre cuando:
    – El animal llega a la calzada como resultado de una cacería llevada a cabo por el titular del aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno donde se realizó la caza.
    – El coto de caza está limítrofe o colindante con la vía donde ocurre el accidente.
    – La presencia del animal en la vía es consecuencia de la acción de caza realizada hasta 12 horas antes del accidente.

En tales casos, la responsabilidad por los daños puede recaer en el dueño del coto cinegético, quien deberá asumir los perjuicios causados si se demuestra que el animal estaba en la vía debido a la actividad cinegética.

¿Cuándo es Responsable el Titular de la Vía Pública?

El titular de la vía pública, que generalmente es la Administración Pública, puede ser responsable del atropello de un animal en los siguientes casos:

  1. Falta de Señalización: Si el accidente ocurre en una zona conocida por la presencia frecuente de animales y no hay señalización adecuada que alerte a los conductores, la Administración Pública podría ser responsable. La señalización específica es fundamental para advertir a los conductores sobre la posible presencia de animales y prevenir accidentes.
  2. Deficiencias en el Mantenimiento de Vallas de Cerramiento: La Administración Pública también puede ser responsable si el accidente se debe a un mal mantenimiento o a la falta de reparación de las vallas de cerramiento. Según el artículo 32.1 de la Ley 40/2015, las Administraciones Públicas deben garantizar que las vías estén en condiciones adecuadas para evitar daños a los conductores y sus vehículos. Esto incluye mantener y reparar las vallas y barreras en buen estado.

Responsabilidad en Caso de Delegación a Empresas Concesionarias

En muchos casos, la Administración Pública delega el mantenimiento y conservación de las vías en empresas concesionarias. Si estas empresas no cumplen con sus obligaciones y esto resulta en un accidente por atropello de un animal, tanto la empresa concesionaria como la Administración Pública pueden ser responsables:

  1. Responsabilidad de la Empresa Concesionaria: La empresa concesionaria puede ser responsable si su incumplimiento de los deberes de mantenimiento contribuye al accidente. Esto puede incluir falta de reparación de vallas, ausencia de señalización adecuada, o cualquier otra deficiencia que ponga en riesgo la seguridad vial.
  2. Responsabilidad de la Administración Pública: La Administración Pública que delega estas funciones también puede ser responsable. En caso de que la empresa concesionaria no cumpla con sus obligaciones, la Administración puede ser requerida para cubrir los daños, aunque posteriormente puede repetir contra la empresa concesionaria.

Cuando las Administraciones Públicas actúen, directamente o a través de una entidad de derecho privado, en relaciones de esta naturaleza, su responsabilidad se exigirá de conformidad con lo previsto en los artículos 32 y siguientes, incluso cuando concurra con sujetos de derecho privado o la responsabilidad se exija directamente a la entidad de derecho privado a través de la cual actúe la Administración o a la entidad que cubra su responsabilidad.

Artículo 35 de la Ley 40/2015

¿Ante Quién Se Reclaman los Daños Sufridos en Accidentes por Atropello de Animales?

En los accidentes de tráfico causados por el atropello de animales, la responsabilidad puede recaer en diferentes sujetos. Dependiendo de quién sea el responsable, la reclamación de los daños sufridos debe dirigirse a distintas jurisdicciones. A continuación, detallamos cómo proceder según el tipo de responsable involucrado.

Reclamaciones Contra Particulares o Entidades Privadas

Si los daños resultan de un accidente en el que el responsable es un particular o una entidad privada, como el dueño de un coto de caza o una empresa concesionaria del mantenimiento de la vía, la reclamación debe realizarse en la jurisdicción civil. Esto incluye:

  • Dueño del Aprovechamiento Cinegético: Si el accidente se debe a la acción de caza y los animales llegan a la calzada como resultado directo de esta actividad.
  • Empresa Concesionaria de Mantenimiento de Vías: Si el accidente ocurre debido a deficiencias en el mantenimiento o reparación de las vallas de cerramiento.
  • Aseguradoras: Tanto la aseguradora del propietario del coto de caza como la de la empresa concesionaria pueden ser responsables. En estos casos, los tribunales civiles serán los competentes para resolver la reclamación.

Reclamaciones Contra la Administración Pública

Cuando la reclamación se dirige contra la Administración Pública, ya sea de manera exclusiva o conjunta con otros posibles responsables, se debe acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Esto incluye:

  • Responsabilidad por Falta de Señalización o Mantenimiento: Si la Administración Pública es responsable por la falta de señalización adecuada o por un mantenimiento deficiente de la vía que contribuyó al accidente.
  • Delegación a Empresas Concesionarias: Aunque la empresa concesionaria gestione el mantenimiento de la vía, la Administración Pública sigue siendo responsable y puede ser demandada en esta jurisdicción.

Procedimiento de Reclamación

  1. Documentación de la Reclamación:
    Reúne todas las pruebas pertinentes, como fotografías del accidente, informes médicos, y cualquier evidencia relacionada con el mantenimiento de la vía o la señalización.
  2. Presentación de la Reclamación:
    – Jurisdicción Civil: Si la reclamación es contra un particular o entidad privada, preséntala en los tribunales civiles.
    – Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Si la reclamación incluye a la Administración Pública, acude a los tribunales contencioso-administrativos.
  3. Asesoramiento Legal:
    – Considera la contratación de un abogado especializado en accidentes de tráfico y reclamaciones, para asegurar que tu caso sea presentado correctamente y aumentar tus posibilidades de obtener una indemnización justa.

Conclusión

En los accidentes por atropello de animales, es crucial determinar correctamente quién es el responsable para elegir la jurisdicción adecuada para la reclamación. Dirígete a la jurisdicción civil para particulares y entidades privadas, y a la contencioso-administrativa para reclamaciones que incluyan a la Administración Pública. Contar con un asesoramiento legal especializado puede facilitar el proceso y mejorar los resultados de tu reclamación.

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