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Gastos Ordinarios y Extraordinarios en el Procedimiento de Divorcio: Una Sentencia Destacada

En los procesos de divorcio, es común que surjan disputas relacionadas con los gastos de manutención de los hijos, siendo uno de los aspectos más debatidos qué conceptos se incluyen como gastos ordinarios o extraordinarios. Recientemente, en nuestro despacho Rojano Vera Abogados, la letrada M.ª Angustias Montalbán Peregrín, responsable del departamento de Familia, ha dirigido un procedimiento de divorcio en el cual se ha dictado una sentencia que destaca en este tema, resolviendo la controversia existente respecto a la inclusión de los gastos de Colegio privado dentro de la pensión de alimentos. En este artículo, exploraremos en detalle esta sentencia, donde el juez ha considerado y diferenciado los gastos educacionales y las clases particulares de idiomas, como gastos ordinarios y extraordinarios, respectivamente. 

Para comprender plenamente la relevancia de la sentencia, es esencial conocer dicha distinción en el contexto de un divorcio. Los gastos ordinarios son aquellos que se consideran necesarios para la vida diaria y el bienestar general de los hijos, como alimentos, comida, vestimenta, educación, atención médica, techo… Por otro lado, los gastos extraordinarios son aquellos que se caracterizan por ser excepcionales, imprevisibles y/ o necesarios y que están relacionados con actividades o necesidades especiales de los hijos, como tratamientos médicos no cubiertos por el seguro, actividades extraescolares, viajes educativos, …

En el caso que nos acontece, la discrepancia se centraba en la inclusión o no de los gastos de un colegio privado bilingüe como gasto ordinario dentro la pensión de alimentos. La sentencia, reconoce la importancia de mantener la educación privada, consentida desde años por los progenitores, y brindar a los hijos una continuidad en su escolarización, y por tanto incluye dicho gasto dentro de la manutención.

Igualmente, la sentencia también aborda, y reconoce la inclusión de las clases particulares de idiomas como gastos extraordinarios, teniendo en cuenta que desde que comenzaron la escolarización los menores en el Colegio bilingüe, han sido necesarias dichas clases, siendo esenciales para garantizar una adecuada integración en dicho Colegio por parte de los mismos.

En conclusión, en Rojano Vera Abogados velamos por garantizar la continuidad educativa y el bienestar de los hijos en situaciones de divorcio, por lo que si te encuentras en un proceso de divorcio con menores donde existen disputas sobre los gastos de manutención de los hijos, en nuestro despacho sito en Calle Hilera, 6-A, Entreplanta, Málaga o llamando al 951.499.160 podemos brindarte el respaldo y la experiencia legal necesarios para obtener resultados favorables. Nuestro enfoque, siempre centrado en proteger los intereses de nuestros clientes y encontrar soluciones justas, nos distingue.

Rojano Vera Abogados y Asesores

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