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Reglamento de Extranjería en España: Avances, retrocesos y claves para entender el nuevo escenario migratorio en 2025

El pasado noviembre, el Gobierno aprobó un nuevo Reglamento de extranjería que entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025. Esta reforma, aunque introduce avances importantes en la regularización de personas migrantes, ha sido calificada por varias organizaciones sociales como una oportunidad parcialmente desaprovechada, al no abordar con profundidad cuestiones estructurales que afectan a quienes se encuentran en situación administrativa irregular o en procesos protección.

Cinco nuevas modalidades de arraigo

Uno de los ejes centrales del nuevo reglamento es la reforma del sistema de arraigo. A partir de mayo de 2025, existirán cinco modalidades de arraigo, que permiten la regularización de personas extranjeras en situación irregular bajo determinadas condiciones. Cada modalidad se ajustará a perfiles concretos, lo que ampliará las oportunidades de regularización, aunque con requisitos exigentes.

Arraigo social

Requiere vínculos familiares en España o un informe de integración de la comunidad autónoma que demuestre inserción social y convivencia estable.

Arraigo sociolaboral

Exige un contrato de trabajo que cumpla con las condiciones del salario mínimo interprofesional (SMI), con una jornada mínima de 20 horas semanales, además de permanecer dos años en España como requisito (no contando el tiempo como solicitante de protección internacional).

Arraigo familiar

Se otorga a padres, madres o tutores de menores con nacionalidad española o de la UE, así como a familiares que cuidan a personas con discapacidad.

Arraigo socioformativo

Permite obtener una autorización de residencia a personas que estén cursando estudios en centros acreditados. Sustituye al antiguo “arraigo por formación”.

Arraigo de segunda oportunidad

Orientado a quienes ya tuvieron una autorización de residencia en España, pero no pudieron renovarla por causas justificadas.

Régimen transitorio para solicitantes de asilo

Una de las novedades más destacadas es la vía transitoria de regularización para solicitantes de asilo con resolución denegatoria. Durante el primer año de vigencia del reglamento (hasta mayo de 2026), podrán acceder a las figuras de arraigo tras solo seis meses de residencia en España, en lugar de los dos años habitualmente exigidos. Los requisitos incluyen:

  • Tener una denegación firme de asilo previa al 20 de marzo de 2025.
  • Estar en situación irregular a 20 de mayo de 2025.
  • Cumplir las condiciones específicas de cada modalidad de arraigo.

Esta medida, aunque positiva, se considera limitada ya que deja fuera a quienes aún esperan resolución o están en fase de recurso, quedando en una situación de mayor vulnerabilidad.

Reestructuración del sistema de visados

El reglamento introduce un título específico para los visados, con el objetivo de clarificar el sistema de autorizaciones. Se establecen seis tipos de visados principales:

  • Visado de tránsito aeroportuario. Autoriza este visado a la persona extranjera a permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español sin ingresar al territorio nacional.
  • Visado de corta duración. Siendo este visado para estancias de corta duración en España, permitiendo una estancia total de 90 días naturales dentro de un período de 180 días naturales a partir de la fecha de la primera entrada den el espacio Schengen.
  • Visado de larga duración. Siendo este visado para quienes desean realizar actividades de más de 90 días en España, como movilidad de alumnos, estudios, servicios de voluntariado o actividades formativas.
  • Visado de residencia. Permitiendo este visado ingresar a España con la finalidad de residir en el país por un periodo superior a 90 días.
  • Visado de carácter extraordinario. Este visado se concede en circunstancias excepcionales que están relacionadas con los intereses de la política exterior del Reino de España o de la Unión Europea. Teniendo una duración máxima de 1 año.
  • Visado para la búsqueda de empleo, que se amplía de 3 a 12 meses, sirve para la búsqueda de empleo que autoriza a su titular a ingresar en España.

Además, todas las autorizaciones iniciales serán de un año, y las renovaciones se extenderán a cuatro años, lo que busca evitar situaciones de irregularidad sobrevenida y facilitar el paso de residencia temporal a larga duración sin necesidad de salir del país.

Mejora de la reagrupación familiar

El nuevo reglamento introduce avances en materia de reagrupación familiar, que buscan adaptarse a realidades sociales más diversas:

  • Se amplía la edad máxima de los hijos reagrupados a 26 años.
  • Se permite la reagrupación de parejas no registradas, si se acredita una relación estable.
  • Se incluye como familiares reagrupables a hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

Estas medidas suponen un reconocimiento más amplio del concepto de unidad familiar, promoviendo la inclusión y la estabilidad de las personas extranjeras en el país.

Autorización específica para trabajos temporales

Con el objetivo de cubrir necesidades del mercado laboral en sectores como la agricultura, hostelería o la recolección, el reglamento introduce una autorización específica para trabajadores por temporada. Esta autorización incluye:

  • Flexibilidad para la contratación individual o colectiva.
  • Protección frente a abusos laborales, con la posibilidad de cambiar de empleador en situaciones injustas o de fuerza mayor.

Con esta medida, se pretende dotar de mayores garantías a quienes desempeñan trabajos temporales y suelen enfrentarse a condiciones laborales precarias.

Conclusión

El nuevo Reglamento de Extranjería de 2025 entrarán en vigor a los 6 meses de su publicación en el BOE. Por tanto, las medidas se harán efectivas a partir del 20 de mayo de 2025. Este reglamento representa un avance parcial en el camino hacia una política migratoria más humana y coherente con la realidad social y laboral de España. Aunque introduce mejoras significativas —como la diversificación del arraigo y la ampliación de visados—, también deja retos pendientes, especialmente en cuanto al tratamiento de las personas solicitantes de protección internacional.

Las organizaciones sociales seguirán desempeñando un papel clave en la vigilancia y acompañamiento de estos procesos, para que la normativa se traduzca en derechos efectivos para quienes buscan construir una vida en España.

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