Abogado accidentes de trabajo en Málaga

Rojano Vera Abogados

Somos especialistas en accidentes laborales en Málaga, con más de 20 años de experiencia protegiendo los derechos de quienes han sufrido un accidente o enfermedad profesional. Si te han ocurrido lesiones en el trabajo, acudir a un abogado de accidente laboral es vital para asegurar el parte inmediato, denunciar ante Inspección de Trabajo y gestionar tu reclamo por indemnización.  Defensa legal especializada tras un siniestro laboral.

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Puedes visitarnos en Málaga Centro, Teatinos, Cártama y Fuengirola, o iniciar tu caso online sin desplazamientos innecesarios, contando desde el primer momento con un abogado de accidentes de trabajo en Málaga altamente especializado que llevará tu caso directamente. Recupera lo que mereces.

Si estás buscando un abogado especialista en accidentes de trabajo en Málaga que actúe con rapidez, experiencia y compromiso total, en Rojano Vera Abogados te ofrecemos eso y más.
Consulta gratuita. Sin complicaciones. Tu recuperación y tus derechos, lo primero

¿Cómo te ayudamos tras sufrir un accidente laboral?

En nuestro despacho de abogados laboralistas te acompañamos en todo el proceso para garantizar que recibas la protección y la indemnización que te corresponden tras un accidente de trabajo:

  • Emisión del parte de accidente: aseguramos que se gestione correctamente y, si es necesario, presentamos denuncia formal ante la Inspección de Trabajo.
  • Determinación de contingencia: analizamos si tu situación corresponde a accidente laboral o enfermedad profesional, diferenciándola de la contingencia común.
  • Reclamación de recargo de prestaciones: gestionamos este recurso cuando la empresa incumple la normativa de prevención de riesgos laborales (PRL), lo que puede suponer un incremento entre el 30 % y el 50 % de las prestaciones, incluso una vez agotada la vía administrativa.
  • Impugnación de altas médicas: si no estás recuperado, defendemos tu derecho a continuar en baja laboral o a reclamar un grado adecuado de incapacidad permanente.
  • Acciones legales: te representamos frente a la empresa por la vía civil, laboral o penal, en caso de negligencia probada en materia de seguridad.
  • Cumplimiento de plazos: iniciamos las reclamaciones antes de que prescriban, considerando que el plazo general es de un año desde la estabilización de las lesiones.

El plazo general para reclamar judicialmente tras un accidente laboral es de un año desde la estabilización de las lesiones. Sin embargo, en los casos en los que exista un recargo de prestaciones por incumplimiento en prevención de riesgos laborales (PRL), el plazo puede extenderse hasta cinco años

 

Sí. Aunque la empresa haya notificado el parte de accidente, es posible reclamar si consideramos que el trámite se ha realizado de manera incorrecta o incompleta.

La cuantía de la indemnización dependerá de varios factores: el tipo de lesión sufrida, el grado de secuelas físicas o psicológicas, el impacto en tu capacidad laboral y el daño económico y emocional ocasionado. Para determinar la compensación utilizamos informes médicos actualizados y aplicamos los baremos oficiales de indemnización. Además, si procede, reclamamos el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez, garantizando que percibas la pensión o prestación correspondiente.

Un accidente laboral es todo daño físico o psíquico que sufre el trabajador como consecuencia directa de su trabajo (por ejemplo, una caída en el centro de trabajo o un accidente de tráfico en desplazamiento laboral). La enfermedad profesional, en cambio, es aquella contraída a consecuencia de la exposición prolongada a determinados factores o sustancias en el trabajo, reconocida en un listado oficial de la Seguridad Social. 

La diferencia es importante, ya que la calificación de la contingencia determina las prestaciones económicas y la responsabilidad de la empresa.

Si se demuestra que la empresa incumplió las medidas de prevención de riesgos laborales (PRL), el trabajador puede reclamar un recargo de prestaciones de entre el 30 % y el 50 % de las prestaciones reconocidas. Además, podrían iniciarse acciones de responsabilidad civil o incluso penal contra la empresa en caso de negligencia grave.

Existen situaciones en las que un accidente ocurrido fuera del centro de trabajo también se considera laboral, como los accidentes in itinere (en el trayecto de casa al trabajo o viceversa) y los accidentes en misión (desplazamientos realizados por encargo de la empresa). 

En estos casos, el trabajador conserva los mismos derechos de protección y prestación que en un accidente ocurrido dentro de las instalaciones de la empresa.

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