Abogados Alcoholemia en Málaga

Rojano Vera Abogados

Si has dado positivo en un control de alcoholemia o drogas y temes por tu carnet de conducir o tu libertad, te ofrecemos el respaldo de un equipo legal con más de 20 años de experiencia y cientos de juicios rápidos gestionados con éxito en Málaga. 

Somos especialistas en delitos por alcoholemia y estamos a tu disposición para defenderte de inmediato, buscando siempre la absolución o la máxima reducción de la pena posible.

Tu defensa penal en buenas manos.
Asistencia 24 horas: Llámanos al 664.533.831

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4 Despachos en Málaga

Estamos cerca de ti: puedes encontrarnos en Málaga Centro, Teatinos, Cártama y Fuengirola. Y si no puedes acudir en persona o la urgencia lo requiere, también ofrecemos atención online.

Sea cual sea tu situación, tendrás acceso a un abogado penalista en Málaga especializado en alcoholemia dispuesto a acompañarte desde el primer momento en el juzgado.

 

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¿Cuándo se considera delito conducir bajo los efectos del alcohol?

La ley establece una frontera clara entre la sanción administrativa (multa) y el delito penal. Se considera delito contra la seguridad vial cuando la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,60 mg/l o si, siendo inferior, se demuestra que el alcohol ha influido en la conducción (por ejemplo, tras un accidente o síntomas evidentes). En estos casos, no te enfrentarás a una simple multa de tráfico, sino a un procedimiento judicial que puede acarrear antecedentes penales.

Si la tasa se sitúa entre 0,25 mg/l y 0,60 mg/l (y no hay síntomas de influencia en la conducción), nos encontraremos ante una infracción administrativa. En este escenario, la consecuencia suele ser una sanción económica de entre 500 y 1.000 euros, acompañada de la retirada de 4 a 6 puntos del carnet. Aunque no es un delito, es fundamental contar con asesoramiento para verificar que el procedimiento sancionador se ha realizado correctamente.

Es importante destacar que, en el caso de conductores noveles o profesionales, los límites son más estrictos. Nuestro equipo revisará el atestado policial y la calibración del etilómetro (alcoholímetro) para asegurar que no ha habido errores técnicos que puedan invalidar la prueba, buscando siempre la vía más favorable para tus intereses.

El Código Penal es severo en estos casos. Si eres condenado por un delito de alcoholemia, las penas pueden ser de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. La elección entre estas penas dependerá de la gravedad de los hechos y de tus antecedentes, pero en todos los casos llevará aparejada la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Es vital entender que la retirada del carnet es obligatoria si hay condena penal; no es negociable evitarla, pero sí podemos luchar para que sea la mínima posible (un año y un día). Respecto a la pena de prisión, si careces de antecedentes penales, normalmente se suspende su ejecución o se sustituye por la multa o los trabajos comunitarios, evitando así tu entrada en la cárcel.

Nuestro objetivo en Rojano Vera Abogados es analizar tu caso al detalle. Si la absolución no es viable, negociaremos para que la fiscalía solicite la pena mínima y buscaremos las alternativas que menos impacten en tu vida laboral y personal, priorizando siempre evitar la prisión efectiva y reducir la sanción económica.

  • Sí, esta figura se conoce como la conformidad. En el ámbito de los juicios rápidos, si reconoces los hechos y te conformas con la acusación del Ministerio Fiscal, la ley ofrece un beneficio muy importante: la reducción automática de un tercio en la pena solicitada. Esto aplica tanto a la prisión (o multa/trabajos) como al tiempo de retirada del carnet de conducir.

    Por ejemplo, si la Fiscalía pide la retirada del carnet por 18 meses, al llegar a una conformidad, esta se reduciría a 12 meses. Esta estrategia es muy habitual y efectiva cuando las pruebas en tu contra (como el ticket del alcoholímetro) son irrefutables, ya que te garantiza una sentencia más leve y cierra el procedimiento de manera inmediata el mismo día del juicio, sin la incertidumbre de un juicio largo.

    No obstante, la conformidad no debe aceptarse a la ligera. Un abogado de nuestro equipo debe estar presente para negociar primero con el Fiscal la calificación de los hechos. Solo te aconsejaremos firmar la conformidad si estamos seguros de que es la mejor opción posible para ti y de que no hay margen para pelear por una absolución por defectos de forma o falta de pruebas.

Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia o drogas es un error grave, ya que constituye un delito independiente y, a menudo, más penado que el propio positivo. El delito de negativa a someterse a las pruebas conlleva penas de prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Muchos conductores piensan que al no soplar evitan la prueba del delito, pero la realidad es que se enfrentan a una doble acusación: la de conducir bajo los efectos del alcohol (basada en los síntomas externos que anoten los agentes en el atestado) y la de desobediencia por la negativa. Esto complica notablemente la defensa, pero no la hace imposible.

En estos casos, nuestra labor se centra en analizar si los agentes cumplieron con el protocolo legal al requerirte la prueba y si te informaron adecuadamente de las consecuencias de la negativa. Si existió algún defecto en el procedimiento o si tu negativa se debió a una imposibilidad física o incomprensión real, lucharemos por tu absolución demostrando que no hubo intención de desobedecer la ley.

En Rojano Vera Abogados entendemos que un imprevisto legal no debe suponer la ruina económica de una familia. Por ello, ofrecemos precios competitivos y ajustados al mercado, con la garantía de un despacho con sede física y trayectoria reconocida, huyendo de las ofertas «low cost» que a veces esconden una defensa deficiente o despersonalizada.

El coste de nuestros honorarios incluye la asistencia letrada desde el primer momento, el estudio del atestado, la negociación con el Fiscal y la asistencia el día del juicio rápido. Al ser un procedimiento ágil, podemos ajustar los costes para ofrecerte una tarifa cerrada y transparente, sin sorpresas finales, para que sepas desde el principio cuánto te costará tu defensa.

Te invitamos a solicitar una consulta gratuita o a llamarnos directamente. En esa primera toma de contacto valoraremos tu caso sin compromiso y te daremos un presupuesto claro. Invertir en una buena defensa es fundamental cuando está en juego tu carnet de conducir, tus antecedentes penales y tu tranquilidad.

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