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Despido tácito en España tras excedencia voluntaria: procedimiento para solicitar reincorporación y actuaciones ante la falta de respuesta de la empresa.

El despido tácito es una figura significativa en el Derecho Laboral español, que puede tener repercusiones importantes para los trabajadores, especialmente cuando se trata de la reincorporación tras una excedencia voluntaria. Este artículo se centra en el procedimiento que deben seguir los trabajadores que, después de solicitar su reincorporación tras una excedencia voluntaria, se enfrentan a la falta de respuesta por parte del empleador. Además, se presentará un supuesto práctico que ilustrará cómo manejar esta situación y se enfatizará la importancia de presentar una demanda por despido en el plazo de 20 días hábiles.

Excedencia Voluntaria

La excedencia voluntaria es un derecho que permite a los trabajadores suspender su contrato de trabajo por un tiempo determinado. Durante este período, la relación laboral se interrumpe, pero el trabajador tiene derecho a reincorporarse al puesto de trabajo al finalizar el período establecido, siempre que se respeten las condiciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo aplicable.

Características de la excedencia voluntaria

  • Naturaleza Temporal: La excedencia voluntaria es por un tiempo limitado, y el trabajador tiene derecho a regresar al puesto de trabajo al final de este período.
  • Derechos del Trabajador: Durante la excedencia, el trabajador no percibe salario ni cotiza a la Seguridad Social, pero conserva el derecho a reincorporarse bajo las condiciones que se establezcan.
  • Notificación: El trabajador debe notificar por escrito a la empresa su intención de reincorporarse, preferiblemente con suficiente antelación.

Concepto de despido tácito

El despido tácito se produce cuando el empleador, mediante acciones u omisiones, da a entender que ha finalizado la relación laboral sin comunicarlo de manera formal. Esta figura es especialmente relevante para aquellos trabajadores que regresan de una excedencia y se encuentran con que su empleador no les asigna tareas o no responde a su solicitud de reincorporación.

La Sentencia del Tribunal Supremo 1000/2012 establece que: “la falta de trabajo efectivo, sin justificación, puede llevar a la presunción de que el empleador ha decidido poner fin a la relación laboral, constituyendo así un despido tácito”.

Elementos del despido tácito

  1. Inacción del Empleador: La falta de respuesta o asignación de tareas por parte del empleador.
  2. Conducta del Trabajador: El trabajador debe actuar en consecuencia, solicitando su reincorporación de forma formal.
  3. Circunstancias Objetivas: Deben existir hechos que demuestren que la relación laboral ha finalizado, aunque no haya un despido formal.

Procedimiento para solicitar reincorporación tras excedencia voluntaria

Cuando un trabajador regresa de una excedencia voluntaria, debe seguir un proceso claro para solicitar su reincorporación. Este proceso incluye varios pasos clave.

Comunicación formal de solicitud

El trabajador debe enviar una comunicación formal a la empresa solicitando su reincorporación. Este documento debe incluir:

  • Identificación de las Partes: Nombre completo del trabajador, número de identificación y datos de la empresa.
  • Descripción de la Excedencia: Detallar el período de excedencia y la fecha en que se desea reincorporar.
  • Solicitud de Reincorporación: Un requerimiento expreso para retomar el puesto de trabajo, recordando que tiene derecho a ello tras finalizar la excedencia.

Respuesta del empleador

El empleador tiene la obligación de responder a la solicitud de reincorporación. La falta de respuesta puede interpretarse como una desestimación de la misma, lo cual es relevante para el trabajador, ya que puede llevar a considerar que ha habido un despido tácito.

Actuaciones ante la falta de respuesta

Si el empleador no responde a la solicitud de reincorporación, el trabajador tiene varias opciones legales y administrativas a su disposición.

Reiteración de la solicitud

Es recomendable que el trabajador reitere su solicitud de reincorporación, enfatizando la necesidad de recibir una respuesta. Esta segunda comunicación debe ser igualmente formal y puede incluir un plazo razonable para obtener respuesta.

Acciones judiciales

Si, tras la intervención de la Inspección de Trabajo, la situación no se resuelve, el trabajador puede considerar presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social. Es fundamental que esta demanda se presente dentro del plazo de 20 días hábiles desde la fecha en que el trabajador tenga conocimiento del despido tácito. Este plazo está establecido en el Artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que el plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles contados a partir de la notificación del mismo, o desde el momento en que se entienda que se ha producido el despido tácito.

Jurisprudencia relevante

La jurisprudencia es fundamental para entender el contexto del despido tácito y las obligaciones del empleador. Algunas sentencias relevantes incluyen:

  • Sentencia del Tribunal Supremo 1045/2011, de 29 de noviembre: Establece que “la falta de respuesta del empleador a la solicitud de reincorporación puede ser considerada como una tácita aceptación del despido por parte del trabajador, permitiendo la acción judicial”.
  • Sentencia del Tribunal Supremo 1150/2013, de 13 de diciembre: Esta sentencia señala que “la negativa a reincorporar al trabajador tras un despido tácito se equipara a un despido improcedente, lo que permite al trabajador reclamar la correspondiente indemnización”.
  • Sentencia del Tribunal Supremo 187/2018, de 12 de febrero: En esta sentencia se reitera que la falta de comunicación por parte del empleador puede constituir un despido tácito, especialmente si el trabajador ha cumplido con su deber de solicitar la reincorporación.
  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 25 de enero de 2021: Declara que “la falta de contestación a la solicitud de reincorporación, en el contexto de una excedencia, debe interpretarse como una voluntad de no mantener la relación laboral”.

Estas sentencias enfatizan la importancia de que los empleadores actúen de manera clara y comunicativa, y subrayan la necesidad de que los trabajadores conozcan sus derechos.

Supuesto Práctico

Imaginemos el siguiente escenario: Clara, una trabajadora en una empresa de recursos humanos, solicita una excedencia voluntaria de seis meses para atender asuntos personales. Al finalizar este período, el 1 de marzo, envía un correo a su responsable solicitando su reincorporación. Sin embargo, no recibe respuesta durante las siguientes tres semanas. Ante la falta de respuestas, Clara decide enviar un burofax solicitando la reincorporación a la empresa, enviándolo el 22 de marzo, recordando la falta de respuesta a su solicitud anterior y solicitando una contestación antes del 29 de marzo.

Falta de Respuesta

Al no recibir respuesta después de una semana, Clara decide presentar una demanda dentro del plazo de 20 días hábiles tras la negativa del empleador o falta de respuesta de la solicitud planteada, el Juzgado analizará las pruebas presentas y al no haber respuesta declarará que el acto constituirá un despido tácito, con derecho a indemnización legal correspondiente por despido improcedente.

Conclusión

El despido tácito tras una excedencia voluntaria es una situación que puede generar incertidumbre y angustia para los trabajadores. Conocer los derechos y las acciones a emprender es fundamental para protegerse ante esta situación. Si te encuentras en una situación de despido tácito o necesitas asesoramiento sobre tus derechos laborales, ponte en contacto con nuestro despacho. Estamos aquí para evaluar tu situación y orientarte sobre las mejores medidas a tomar. Nuestro equipo de expertos en Derecho Laboral está preparado para ofrecerte el apoyo necesario para que puedas defender tus derechos y garantizar una resolución justa. 

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