La Empresa Familiar y el Protocolo Familiar

En nuestra ciudad, Málaga, es habitual la existencia de determinadas empresas que podríamos caracterizar como Empresa Familiar. A continuación, Rojano Vera Abogados Málaga les expone una serie de rasgos y recomendaciones en lo que respecta al funcionamiento y organización de las Empresas Familiares ofreciéndoles algunos consejos para prevenir futuros conflictos que puedan surgir entre los integrantes de la Empresa Familiar.

Empresa Familiar, Abogado Málaga

¿Qué es una Empresa Familiar?

Una Empresa Familiar es aquella sociedad en la que la propiedad de la mayor parte del capital social pertenece a un número reducido de socios que se encuentra vinculados entre sí por relaciones de parentesco, ostentando puertos de dirección y gobierno.

¿Qué es el Protocolo Familiar?

De conformidad con el artículo 2.1 del Real Decreto 171/2007, de 9 de febrero, por el que se regula la publicidad de los Protocolos Familiares, se entiende por Protocolo Familiar aquel conjunto de pactos suscritos por los socios entre sí o con terceros con los que guardan vínculos familiares que afectan una sociedad no cotizada, en la que tengan un interés común en orden a lograr un modelo de comunicación y consenso en la toma de decisiones para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa que afectan a la entidad.

¿Cuál es la finalidad perseguida por el Protocolo Familiar?

Es habitual que en la vida de la Empresa Familiar surjan conflictos que pongan en peligro la continuidad de la Empresa Familiar, ante esta circunstancia, surgen los Protocolos Familiares, cuya finalidad principal es garantizar la sucesión al frente de la empresa y la continuidad de la misma.

¿Qué forma reviste el Protocolo Familiar?

Tienen la consideración de pactos parasociales, de manera que se articulan a través de un documento escrito, fuera de los estatutos de la sociedad, donde se han de plasmar los compromisos asumidos para garantizar la sucesión al frente de la empresa y la continuidad de la misma.

¿Es obligatoria la suscripción de un Protocolo Familiar?

No es obligatorio, pues como se ha dicho, van al margen de los estatutos de la Empresa Familiar. Sin embargo, va a ser muy recomendable puesto que son pactos que se anticipan al conflicto que pudiera sobrevenir, estableciendo una reglas de funcionamiento de la sociedad que van a dar solución a dicho conflicto.

¿Es obligatorio dar publicidad al Protocolo Familiar?

No, la publicidad del Protocolo Familiar es opcional, por lo que es la propia sociedad familiar la que en atención a sus intereses decidirá si da o no publicidad al Protocolo Familiar.

¿Qué puntos habrá de contener el Protocolo Familiar?

Algunos puntos a introducir pueden ser los requisitos de incorporación a la empresa, los requisitos para ostentar un puesto de directivo en la misma, establecer el proceso de selección, el mecanismo de expulsión de socios, modos de remuneración, qué ocurre cuando se jubila uno de los socios, etc.

Así, en Rojano Vera Abogados Málaga estamos especializados en la elaboración de pactos parasociales, especialmente de Protocolos Familiares que permitan a los integrantes de la Empresa Familiar garantizar la continuidad de la misma, anticipándonos al posible conflicto que pueda surgir entre los socios, y ello por un precio reducido que seguro va a verse bien invertido durante la vida de la sociedad, que presumiblemente no llegará a ser una fuente de conflicto.

Rojano Vera Abogados Málaga garantiza la plena satisfacción de sus clientes, empresarios de Málaga y toda Andalucía, así como de otras comunidades autónomas que buscan regular las relaciones con sus socios para anticiparse a un eventual conflicto que puedan surgir entre los integrantes de la sociedad familiar.

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