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ToggleEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia que impacta directamente en las disputas legales entre consumidores y entidades financieras respecto a los gastos asociados a préstamos hipotecarios. Esta decisión, derivada de varios casos en España (asuntos acumulados C-810/21 Caixabank, C-811/21 BBVA, C-812/21 Banco Santander y C-813/21 Banco Sabadell), se centra en el plazo de prescripción de la acción restitutoria en casos de cláusulas abusivas.
Las cláusulas abusivas
En estos casos, consumidores que contrajeron préstamos hipotecarios con diferentes bancos abonaron diversos gastos de formalización del préstamo, como notarios y registros, debido a cláusulas contractuales. Posteriormente, buscaron la nulidad de estas cláusulas. Los bancos
argumentaron que la acción restitutoria estaba prescrita, basándose en el plazo de prescripción de diez años establecido en el Código Civil Catalán. La Audiencia Provincial de Barcelona, al evaluar estos casos, solicitó al TJUE que aclarara la interpretación de la Directiva de la UE sobre cláusulas abusivas en contratos de consumo en relación con el plazo de prescripción de la acción restitutoria.
El fallo del TJUE
El TJUE concluyó que la interpretación de la jurisprudencia nacional, que establece un plazo de prescripción de diez años desde el último pago de los gastos hipotecarios, sin considerar el conocimiento del consumidor sobre el carácter abusivo de la cláusula y los derechos conferidos por la Directiva, es contraria al principio de efectividad. Este fallo del TJUE enfatiza que el plazo de prescripción debe permitir al consumidor conocer sus derechos antes de que comience a correr, lo que incluye comprender el carácter abusivo de la cláusula y los derechos conferidos por la Directiva. Además, el tribunal señaló que la existencia de jurisprudencia nacional consolidada sobre la nulidad de cláusulas similares no es suficiente para presumir el conocimiento del consumidor sobre el carácter abusivo de dichas cláusulas.
Plazo de prescripción en el aire
Esta decisión del TJUE refuerza los derechos de los consumidores en disputas legales sobre gastos hipotecarios, estableciendo claros criterios para la aplicación de plazos de prescripción que respeten el principio de efectividad y garanticen una protección adecuada a los consumidores en el ámbito de los préstamos hipotecarios. Si bien, deja el plazo de prescripción en el aire, ya que en este caso, se resuelve un caso específico, entendiendo que ha de conferirse un plazo razonable, no especificando taxativamente si un plazo razonable puede entenderse prudencial para el consumidor desde que pudo tener conocimiento tras dictarse la Sentencia emitida en el año 2019 por la Sala Civil
del Tribunal Supremo. Por tanto, seguimos igual que con anterioridad, existiendo actualmente inseguridad jurídica.
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