Abogado accidentes de trabajo en Vélez Málaga

Rojano Vera Abogados

Somos expertos en accidentes laborales en Vélez Málaga, con más de 20 años de experiencia defendiendo los derechos de quienes han sufrido un accidente o enfermedad profesional. Si has padecido lesiones en el trabajo, acudir a un abogado de accidente laboral es clave para asegurar el parte inmediato, denunciar ante Inspección de Trabajo y tramitar tu reclamo por indemnización. Defensa legal especializada tras un siniestro laboral.

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Puedes visitarnos en Málaga Centro, Teatinos, Cártama, Fuengirola y Vélez-Málaga, o iniciar tu caso online sin desplazamientos innecesarios, contando desde el primer momento con un abogado de accidentes de trabajo en Vélez Málaga altamente especializado que llevará tu caso directamente. Recupera lo que mereces.

Si necesitas un abogado especializado en accidentes de trabajo en Vélez Málaga que actúe con agilidad, experiencia y compromiso real, en Rojano Vera Abogados te ofrecemos eso y mucho más. Consulta gratuita. Sin complicaciones. Tu recuperación y tus derechos, primero.
¿Cómo te ayudamos tras sufrir un accidente laboral?
En nuestro despacho de abogados laboralistas en Vélez Málaga te guiamos en todo el proceso para asegurar que recibas la cobertura e indemnización que te correspondan por accidente de trabajo:
  • Tramitación del parte de accidente: comprobamos que se gestione adecuadamente y, cuando procede, interponemos denuncia formal ante la Inspección de Trabajo.
  • Valoración de contingencia: estudiamos si tu caso debe reconocerse como accidente laboral o enfermedad profesional, diferenciándolo de una contingencia común.
  • Solicitud de recargo de prestaciones: impulsamos esta reclamación cuando la empresa no cumple la normativa de prevención de riesgos laborales (PRL), pudiendo lograr un aumento entre el 30 % y el 50 % de las prestaciones, incluso tras agotar la vía administrativa.
  • Impugnación de altas médicas: si aún no estás recuperado, defendemos tu derecho a seguir de baja laboral o solicitar un grado adecuado de incapacidad permanente.
  • Reclamaciones judiciales: te defendemos frente a la empresa por la vía civil, laboral o penal, cuando exista negligencia demostrada en materia de seguridad.
  • Control de plazos: presentamos las reclamaciones antes de que prescriban, teniendo en cuenta que el plazo general es de un año desde la estabilización de las lesiones.

El plazo general para reclamar judicialmente tras un accidente laboral es de un año desde la estabilización de las lesiones. Sin embargo, en los casos en los que exista un recargo de prestaciones por incumplimiento en prevención de riesgos laborales (PRL), el plazo puede extenderse hasta cinco años

 

Sí. Aunque la empresa haya notificado el parte de accidente, es posible reclamar si consideramos que el trámite se ha realizado de manera incorrecta o incompleta.

La cuantía de la indemnización dependerá de varios factores: el tipo de lesión sufrida, el grado de secuelas físicas o psicológicas, el impacto en tu capacidad laboral y el daño económico y emocional ocasionado. Para determinar la compensación utilizamos informes médicos actualizados y aplicamos los baremos oficiales de indemnización. Además, si procede, reclamamos el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez, garantizando que percibas la pensión o prestación correspondiente.

Un accidente laboral es todo daño físico o psíquico que sufre el trabajador como consecuencia directa de su trabajo (por ejemplo, una caída en el centro de trabajo o un accidente de tráfico en desplazamiento laboral). La enfermedad profesional, en cambio, es aquella contraída a consecuencia de la exposición prolongada a determinados factores o sustancias en el trabajo, reconocida en un listado oficial de la Seguridad Social. 

La diferencia es importante, ya que la calificación de la contingencia determina las prestaciones económicas y la responsabilidad de la empresa.

Si se demuestra que la empresa incumplió las medidas de prevención de riesgos laborales (PRL), el trabajador puede reclamar un recargo de prestaciones de entre el 30 % y el 50 % de las prestaciones reconocidas. Además, podrían iniciarse acciones de responsabilidad civil o incluso penal contra la empresa en caso de negligencia grave.

Existen situaciones en las que un accidente ocurrido fuera del centro de trabajo también se considera laboral, como los accidentes in itinere (en el trayecto de casa al trabajo o viceversa) y los accidentes en misión (desplazamientos realizados por encargo de la empresa). 

En estos casos, el trabajador conserva los mismos derechos de protección y prestación que en un accidente ocurrido dentro de las instalaciones de la empresa.

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