Nuevas medidas extraordinarias para apoyar a autónomos y empresas en respuesta a la pandemia

Nuevas medidas extraordinarias para apoyar a autónomos y empresas en respuesta a la pandemia

El pasado 13 de marzo de 2021 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. La situación del COVID-19 ha generado una pérdida significativa de ingresos de muchos empresarios y autónomos, hasta el punto de que algunos se han vistos, en el último año, obligados a cerrar.  Por ello, este Real Decreto tiene como objetivo proteger al tejido productivo empresarial, desplegando una serie de medidas para ayudar a los empresarios y autónomos en línea con el resto de los países de Europa.  La inversión pública oscilará hasta 11.000 millones de euros en 4 líneas de actuación aprobadas por el Gobierno , que consistirán en:

  1. Liquidez directa a empresarios y autónomos (línea COVID)

En total se destinará 7.000 millones de euros para reducir el endeudamiento entre el 1 de marzo del 2020 al 31 de mayo del 2021 con una Línea Covid de ayudas directas. Tienen un carácter finalista pues, se usarán para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como para hacer frente a los costes fijos (suministros dE energía, costes de cambio de potencia), entre otros, siempre y cuando, y aquí está la condición,  estas deudas se hubieran devengado a partir del 1 de marzo de 2020 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor de ese Real Decreto.

Los destinatarios para acceder a estas medidas, para autónomos y empresas (con sede en territorio español), serán aquellas empresas o profesionales  cuyo volumen de operaciones anuales  declarado o comprobado por la Administración en 2020 haya caído como mínimo un 30% con respecto a 2019 y que la actividad empresarial esté incluida en CNAE 09 (hoteles, restaurantes, comercios al por mayor y minoristas, manufacturas, transporte, agencias de viajes y gimnasios, entre otros), dejando fuera a algunas actividades del primer listado inicial.  No se considerarán destinatarios aquellos empresarios, entidades o grupos de entidades que, cumpliendo los requisitos, hubieran obtenido un resultado negativo en 2019.

Con estas medidas, se prevé tanto que mejore la posición financiera de los autónomos y empresas como que se salden las posiciones acreedoras con sus proveedores.  Estas ayudas están, asimismo, sujetas al compromiso de mantener la actividad de las empresas (hasta el 30 de junio de 2022) sin repartir dividendos.

  1. Línea para la reestructuración de deuda financiera

Con esta medida se permite que esta financiación se incorpore a los procesos de refinanciación y restructuración pactados entre los bancos y sus clientes protegiendo la estabilidad financiera. Por tanto, se crea con esta medida una Línea para la reestructuración de deuda financiera COVID de 3.000 millones de euros para permitir convertir parte del aval público en transferencias a las empresas y autónomos más afectadas que reúnan ciertos requisitos. Son medidas complementarias restringidas a aquellos supuestos de empresas que realmente requieran de medidas adicionales relacionadas con su financiación avalada para garantizar la solvencia del negocio viable que se ha visto perjudicada por la crisis epidémica. Es por ese motivo por lo que estas medidas son selectivas por lo que habrá de comprobar cada caso concreto. En esta línea, se plantea la posibilidad de extender el plazo de vencimiento de los préstamos concedidos con aval público a partir del 17 de marzo de 2020. Además, se proyecta la posibilidad de convertir estos préstamos en préstamos participativos, manteniendo la cobertura de aval público. Igualmente, cabría la posibilidad de realizar transferencias a autónomos y empresas para reducir del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.

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  1. Acciones para solventar problemas de insolvencias (Fondo de recapitalización).

Con esta línea se apoya a las empresas viables, pero con problemas de solvencia fruto de la COVID-19 que no pueden acceder al fondo gestionado por la SEPI para empresas y operaciones de mayor tamaño que necesiten un refuerzo adicional de su capital, creándose el Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID de 1.000 millones de euros.  Este fondo dispondrá de distintos instrumentos financieros de endeudamiento, capital y cuasi capital para apoyar a las empresas, buscando un equilibrio entre el riesgo, el rendimiento y la utilización de los recursos públicos. De este modo, se permitirá ampliar los plazos de ejecución y justificación de proyectos industriales beneficiarios de ayudas, entre otros, siempre que se aleguen circunstancias sobrevenidas vinculadas a la crisis epidémica.

  1. Moratorias para el desencadenamiento automático de procesos concursales.

El fin es dotar de un margen de tiempo adicional para que las empresas que están pasando por mayores dificultades como consecuencia de la crisis epidémica para restablecer su equilibrio patrimonial evitando el concurso.  Así, entre otras medidas, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2021 la exención del deber del deudor que se encuentre en estado de insolvencia de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario que presenten los acreedores. Del mismo modo, se admite la posibilidad de modificar los acuerdos extrajudiciales de pagos o de refinanciación homologados para que puedan cumplirse fácilmente.

No obstante, y, a pesar de lo anterior, aún no se ha anunciado cómo se hará el procedimiento o la solicitud ni en qué fecha se solicitará. Si bien, se prevé que las CCAA dispondrán de dichas inversiones en aproximadamente 1 meses por lo que se prevé que dichas solicitudes se inicien en mayo.

Sin embargo, en Rojano Vera Abogados nos adelantamos a la convocatoria e invitamos a todos aquellos empresarios y autónomos que se hayan visto perjudicados en sus negocios o, que crean que pueden encajar en este tipo de ayudas, para que acudan a nuestro despacho para informarse. Rojano Vera Abogados cuenta con un equipo de profesionales que estudiarán su caso y le asesorarán para solicitar aquellas medidas que más se ajusten a su empresa con la mayor dedicación posible.

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