¿SE PUEDE EXTINGUIR EL CONTRATO EN PERIODO DE PRUEBA EN BASE A LA LEY 15/2022? vicios ocultos abogados

¿Se puede extinguir el contrato en periodo de prueba en base a la ley 15/2022?

La Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, establece una serie de principios y disposiciones para prevenir y eliminar la discriminación en el ámbito laboral, especialmente en lo que respecta a aspectos como la igualdad de trato y la no discriminación por motivos de género, origen racial o étnico, religión, discapacidad, orientación sexual, etc.

En el contexto de los contratos laborales y el período de prueba, la ley busca garantizar que los empleadores no tomen decisiones discriminatorias o arbitrarias al contratar o despedir a un trabajador. Sin embargo, en principio, la ley no prohíbe específicamente la extinción de un contrato durante el período de prueba.

El período de prueba es una etapa en la que tanto el empleador como el empleado pueden evaluar si la relación laboral es adecuada para ambas partes. Durante este período, el contrato puede ser rescindido por cualquiera de las partes sin necesidad de alegar una causa justa, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el contrato de trabajo y en la legislación laboral aplicable.

Sin embargo, es importante destacar que la ley prohíbe la discriminación en todas las etapas del empleo, incluido el período de prueba. Esto significa que cualquier decisión relacionada con la terminación del contrato, ya sea durante el período de prueba o en cualquier otro momento, no debe basarse en motivos discriminatorios o en violación de los derechos fundamentales del trabajador protegidos por la ley.

En resumen, si un empleador decide terminar un contrato durante el período de prueba, debe asegurarse de que esta decisión se tome de manera justa y no discriminatoria, respetando los derechos del trabajador tal como se establecen en la Ley 15/2022 y en la legislación laboral vigente. La ley prohíbe la discriminación, pero no prohíbe específicamente la extinción de contratos durante el período de prueba siempre que se haga de manera justa y legal.

La posibilidad de extinguir un contrato durante el período de prueba en base a la Ley 15/2022 y la jurisprudencia, como la sentencia del TSJ de Baleares que mencionaste, depende de las circunstancias específicas del caso. La Ley 15/2022 se centra en la igualdad de trato y la no discriminación en el ámbito laboral, y prohíbe la discriminación basada en diversos motivos, como la enfermedad o condición de salud. A continuación, se analiza esta cuestión:

  1. Período de prueba y discriminación: La Ley 15/2022 prohíbe la discriminación basada en la «enfermedad o condición de salud», entre otros motivos. Esto significa que, en principio, no se puede utilizar la enfermedad o la condición de salud de un trabajador como motivo para despedirlo durante el período de prueba si dicho motivo constituye discriminación.
  2. Jurisprudencia del TSJ de Baleares: La sentencia del TSJ de Baleares anterior es un ejemplo y un caso específico en el que se consideró que la terminación del contrato durante el período de prueba, mientras el trabajador estaba de baja por incapacidad temporal, constituyó una vulneración del derecho fundamental a la integridad física y, por lo tanto, un despido nulo. En este caso concreto, el TSJ argumentó que la decisión de la empresa de despedir al trabajador durante su incapacidad temporal era discriminatoria y perjudicial para los derechos fundamentales del trabajador.
  3. Circunstancias del caso: Es importante destacar que cada caso es único y se evalúa en función de sus circunstancias específicas. La jurisprudencia y la aplicación de la Ley 15/2022 pueden variar según las particularidades de cada situación.

En resumen, la terminación de un contrato durante el período de prueba en base a la Ley 15/2022 depende de si la decisión es discriminatoria o no. Si la terminación del contrato se basa en motivos discriminatorios, como la enfermedad o condición de salud del trabajador, y esta discriminación se demuestra en el contexto del caso, podría considerarse un despido nulo, como se determinó en la sentencia del TSJ de Baleares. Sin embargo, si la terminación del contrato se realiza de manera justa y no discriminatoria, de acuerdo con las disposiciones del contrato y la legislación laboral aplicable, podría ser válida. La evaluación final dependerá de los hechos y pruebas específicos de cada caso.

En Rojano Vera Abogados somos especialistas en valorar los hechos, el contexto y las pruebas específicas de cada caso, por lo que si crees que puedes estar en una situación discriminatoria y te han finalizado el periodo de prueba o extinguido el contrato de trabajo nuestro equipo de profesionales te informará de la viabilidad del asunto y de las diferentes opciones que tienes para lograr obtener la máxima indemnización posible. 

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