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¿Qué tipos de Desahucio hay?

Los Desahucio son una acción legal que permite a los propietarios recuperar la posesión de su propiedad de inquilinos o arrendatarios que incumplen con los términos del contrato de alquiler. Existen varios tipos de Desahucio que pueden ser llevados a cabo por los propietarios, dependiendo de las circunstancias y el motivo del incumplimiento.

Entre los tipos de Desahucio más comunes se encuentran:

1. Desahucio por falta de pago: 

El proceso de desahucio por falta de pago es un procedimiento judicial mediante el cual el propietario de una vivienda o local comercial puede reclamar la posesión de su propiedad ante el impago del alquiler por parte del inquilino, en estos casos se reclama la renta pendiente y se propone la expulsión. El proceso judicial para llevar a cabo un desahucio por falta de pago se puede dividir en varias fases, que detallamos a continuación:

  • Requerimiento de pago: El propietario del inmueble debe enviar al inquilino una carta de requerimiento de pago en la que se le exige el pago de las rentas adeudadas. Esta carta debe ser enviada por correo certificado o burofax, y debe incluir un plazo de pago, que suele ser de 10 días.
  • Demanda de desahucio: Si el inquilino no paga las rentas adeudadas en el plazo establecido en el requerimiento de pago, el propietario puede presentar una demanda de desahucio ante los juzgados. La demanda debe incluir una descripción detallada del inmueble, los datos del arrendador y del arrendatario, así como las cantidades adeudadas y los plazos en los que se han producido los impagos.
  • Citación a juicio: Una vez presentada la demanda, el juzgado citará a las partes a una vista judicial. 
  • Sentencia de desahucio: Si el juez considera que procede el desahucio, dictará una sentencia en la que se fijará un plazo para que el inquilino abandone el inmueble. Este plazo suele ser de 10 días.

Si el inquilino no abandona el inmueble en el plazo fijado por la sentencia, el propietario puede solicitar la ejecución de la misma. En este caso, se procederá al lanzamiento del inquilino, es decir, se le obligará a abandonar el inmueble con la ayuda de la fuerza pública.

En este tipo de desahucios es importante estar informados sobre «la enervación del desahucio». Esto es un mecanismo legal que permite al inquilino detener el proceso de desahucio por impago de alquiler, siempre y cuando realice el pago de la deuda pendiente antes de que se lleve a cabo el desalojo. La enervación del desahucio es un derecho del inquilino que se encuentra recogido en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo puede utilizarse una vez durante la duración del contrato de arrendamiento. En caso de que el inquilino no realice el pago dentro del plazo establecido, el proceso de desahucio continúa y el propietario puede proceder al desalojo.

2. Desahucio por expiración del término convenido:

El desahucio por expiración del término convenido es un procedimiento judicial en el cual el arrendador de una propiedad puede recuperar la posesión de la misma al finalizar el plazo del contrato de alquiler. El proceso de desahucio por expiración del término convenido se puede dividir en varias fases, que detallamos a continuación:

  • Notificación al arrendatario: El arrendador debe notificar al arrendatario con antelación suficiente que el contrato de arrendamiento está a punto de finalizar y que no se va a renovar. En el caso de que no se haya notificado con la suficiente antelación, se puede entender que el contrato se ha prorrogado tácitamente y se deberá respetar un plazo de preaviso de 30 días.
  • Demanda de desahucio: Si el arrendatario no ha abandonado la propiedad al finalizar el plazo del contrato de alquiler, el arrendador puede presentar una demanda de desahucio ante los juzgados. En la demanda se debe incluir una descripción detallada de la propiedad, los datos del arrendador y del arrendatario, y el plazo en el que finaliza el contrato de alquiler.
  • Citación a juicio: El juzgado citará a las partes a una vista judicial. En esta vista, el juez escuchará a ambas partes y decidirá si procede el desahucio o no. En caso de que el juez decida a favor del arrendador, se fijará un plazo para que el arrendatario abandone la propiedad.
  • Sentencia de desahucio: Si el juez dicta sentencia a favor del arrendador, se establecerá un plazo de entre 10 y 30 días para que el arrendatario abandone la propiedad.
  • Ejecución de la sentencia: Si el arrendatario no abandona la propiedad en el plazo fijado por la sentencia, el arrendador puede solicitar la ejecución de la misma. En este caso, se procederá al lanzamiento del arrendatario, es decir, se le obligará a abandonar la propiedad con la ayuda de la fuerza pública.

Desahucio por precario:

El desahucio por precario es un proceso judicial que se inicia cuando una persona ocupa una propiedad sin tener derecho legal a hacerlo. Es decir, es el procedimiento que se utiliza cuando alguien ocupa una propiedad sin ser titular de un contrato de arrendamiento o sin que su derecho de uso haya sido cedido legalmente.

El acto a realizar es:

  • Notificación al ocupante: El propietario debe notificar al ocupante de la propiedad que no tiene derecho legal a su ocupación y que debe abandonarla en un plazo determinado. La notificación debe hacerse por escrito y con acuse de recibo.

Rojano Vera es un Despacho de Abogados especializado en desahucio en Málaga que cuenta con un equipo de abogados altamente cualificados y experimentados en la materia. Con el objetivo de ofrecer un servicio de calidad y cercano a sus clientes, Rojano Vera Abogados ofrece una primera consulta gratuita para asesorar sobre cualquier duda o problema relacionado con el desalojo de una propiedad.

Una de las grandes ventajas de trabajar con Rojano Vera Abogados es que no cobran nada hasta el final del proceso de desalojo. Es decir, el cliente no tendrá que abonar ninguna cantidad económica por adelantado, ya que el despacho asume todos los gastos y costas judiciales hasta la finalización del procedimiento.

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