Asesoramos a comunidades, juntas directivas y propietarios de urbanizaciones y edificios de Marbella: conflictos con el administrador, presupuestos y derramas, reparto de gastos entre subcomunidades, alquiler vacacional y propietarios que viven fuera de España. Te atendemos desde nuestra sede de Fuengirola-Mijas, la más cercana, y por videollamada.
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Las comunidades de Marbella tienen poco que ver con un edificio de pisos de la capital. En Nueva Andalucía, Puerto Banús, la Milla de Oro, Sierra Blanca, Elviria, Las Chapas o Guadalmina abundan las urbanizaciones con varias fases, seguridad, conserjería, jardines y piscinas, con presupuestos anuales muy elevados y una parte importante de los propietarios viviendo en el extranjero.
Muchas de ellas se organizan como complejos inmobiliarios con una comunidad general y varias subcomunidades, y algunas tienen además una entidad de conservación de la urbanización. Saber qué órgano decide cada cosa y quién paga cada gasto es la clave de buena parte de los conflictos que vemos.
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No tenemos oficina en Marbella: te atendemos en Fuengirola-Mijas o por videollamada, y acudimos a los juzgados de Marbella.
Tribunal de Instancia de Marbella (partido judicial de Marbella, Benahavís, Istán y Ojén). Allí se tramitan las impugnaciones de acuerdos, los monitorios contra morosos, las acciones de cesación y las reclamaciones contra el administrador.
Español, inglés, francés, italiano, árabe y portugués. Reuniones por videollamada y firma del encargo a distancia, para propietarios que viven fuera.
Contratos de seguridad, jardinería o mantenimiento que se renuevan sin comparar ofertas. Revisamos el presupuesto y, si se aprobó sin respetar la ley o los estatutos, lo impugnamos.
Bloques que pagan servicios que no usan o villas que contribuyen igual que los apartamentos. Analizamos el título constitutivo y defendemos el reparto correcto.
Cuentas sin detalle, documentación en un solo idioma que no todos entienden o cambios de gestora mal hechos. Más sobre cómo actuar contra el administrador de fincas.
Renovación de piscinas, cubiertas, fachadas o viales interiores. Comprobamos la mayoría necesaria y el reparto, tanto si defendemos a la comunidad como al propietario.
Normas de uso de piscinas y zonas comunes por inquilinos de corta estancia, ruidos y acuerdos para limitar las viviendas turísticas, con la reforma de abril de 2025.
Ampliaciones, cerramientos, piscinas privadas o jardines que invaden zona común. Pedimos la paralización y la reposición, o defendemos al propietario si la obra estaba permitida.
Es la situación de muchos de nuestros clientes en Marbella. Las convocatorias llegan tarde o no llegan, las actas están solo en español y los plazos para impugnar corren igual. Te ayudamos a no perder derechos por la distancia.
Atendemos desde nuestras sedes de Málaga, Benalmádena y Fuengirola-Mijas y por videollamada. Consulta cómo trabajamos en cada municipio:
No. Atendemos a las comunidades y propietarios de Marbella desde nuestras sedes de Fuengirola-Mijas, Benalmádena y Málaga, y por videollamada. Gran parte del trabajo (revisión de actas y cuentas, requerimientos, firma de encargos) se hace a distancia, y cuando el asunto llega a juicio acudimos a los juzgados de Marbella.
Los conflictos de propiedad horizontal se tramitan en el lugar donde está el inmueble. Para Marbella y San Pedro de Alcántara es el Tribunal de Instancia de Marbella, que también es el de referencia para Benahavís, Istán y Ojén.
Depende de cómo se notificó. Si no comunicaste a la comunidad un domicilio en España, las citaciones se hacen en el propio inmueble y, si no es posible, en el tablón de anuncios. Aun así, si no asististe a la junta puedes impugnar, y el plazo se cuenta desde que se te comunica el acta. Conviene revisarlo cuanto antes.
Lo marcan el título constitutivo y los estatutos de la urbanización: qué servicios son generales (seguridad, viales, jardines) y cuáles corresponden solo a un bloque o fase. Si la junta aprueba un reparto que no respeta esas reglas, el acuerdo puede impugnarse.
La junta puede limitar o condicionar la actividad con el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios y de las cuotas. Desde abril de 2025, además, iniciar una nueva vivienda turística exige la aprobación previa y expresa de la comunidad. Las viviendas que ya funcionaban legalmente antes tienen un régimen distinto que conviene analizar caso por caso.
Sí. La ley permite asistir mediante representante con un simple escrito firmado, sin necesidad de poder notarial. Te ayudamos a preparar la delegación y las instrucciones de voto, o a asistir con un abogado si la junta va a ser conflictiva.
Cuéntanoslo por teléfono, WhatsApp o videollamada. La primera consulta es gratuita.


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