Derecho laboral

Abogado de acoso laboral en Málaga

Si te humillan, te aíslan, te dejan sin tareas o sufres acoso sexual en el trabajo, puedes pararlo. Te ayudamos a reunir pruebas, a denunciarlo y, si lo necesitas, a irte de la empresa con indemnización.

  • Primera consulta gratuita y confidencial
  • Vía laboral y, si hace falta, denuncia penal
  • Atención en español, inglés, francés, italiano, árabe y portugués
+20 años de experiencia7 sedes en la provincia de MálagaFinanciación sin intereses

Cuéntanos tu caso

Es confidencial. Te llamamos para valorarlo sin compromiso.

    Señales de acoso

    Cuándo un conflicto en el trabajo es acoso

    Una discusión puntual o una orden que no te gusta no es acoso. Lo es cuando las conductas se repiten en el tiempo y buscan humillarte, apartarte o que te vayas. Estas son las situaciones por las que más nos consultan.

    Humillaciones e insultos

    Gritos, burlas o críticas delante de los compañeros, de forma repetida y sin relación con tu trabajo real.

    Aislamiento

    Te dejan fuera de reuniones y comunicaciones, te cambian de sitio o prohíben a otros que hablen contigo.

    Vaciado de funciones

    Te quitan las tareas propias de tu puesto, te encargan trabajos inútiles o imposibles de cumplir.

    Vigilancia y presión constante

    Controles que solo se aplican a ti, expedientes por cualquier detalle y amenazas de despido.

    Presiones para que te vayas

    Cambios de horario o de centro sin justificar, o propuestas insistentes de baja voluntaria.

    Acoso sexual o por razón de sexo

    Comentarios, mensajes, contactos o propuestas de carácter sexual no deseados, o un trato peor por ser mujer, por un embarazo o por la maternidad.

    Lo que dice la ley

    Tus derechos y cómo probar el acoso

    El Estatuto de los Trabajadores reconoce tu derecho a la dignidad y a la protección frente al acoso. Cuando el acoso vulnera tus derechos fundamentales, la ley invierte en parte la carga de la prueba: si aportas indicios razonables, es la empresa la que tiene que demostrar que su conducta estaba justificada.

    Además, el acoso laboral grave y el acoso sexual son delitos en el Código Penal (artículos 173 y 184).

    Primer paso: comunica por escrito el acoso a la empresa y pide que active su protocolo. Todas las empresas deben tener un procedimiento para tramitar estas denuncias, y si no actúa, también responde.

    Pruebas que sirven

    • Mensajes y correos en los que se ve el trato que recibes.
    • Testigos: compañeros, clientes o proveedores que lo hayan presenciado.
    • Informes médicos o psicológicos sobre ansiedad, insomnio o depresión.
    • Un diario de hechos con fechas, lugares y quién estaba presente.
    • Grabaciones de conversaciones en las que tú participas, que los tribunales suelen admitir.
    Qué puedes conseguir

    Parar el acoso, que te indemnicen o salir de la empresa

    No hay una sola salida. Depende de si quieres seguir en tu puesto, de cómo estés de salud y de las pruebas que tengamos. Lo decidimos juntos.

    • Que el acoso cese y se adopten medidas contra quien acosa.
    • Indemnización por los daños morales y de salud sufridos.
    • Romper el contrato con la misma indemnización que un despido improcedente.
    • La nulidad del despido si te despiden por denunciar.

    Cómo actuamos contigo

    1. Te escuchamos. Valoramos si lo que ocurre es acoso y qué pruebas hay.
    2. Ordenamos las pruebas. Te decimos qué guardar, qué pedir y cómo documentar lo que pasa.
    3. Denuncia interna. Comunicación a la empresa y, si no actúa, a la Inspección de Trabajo.
    4. Demanda. Tutela de derechos fundamentales o extinción del contrato con indemnización.
    5. Denuncia penal. Cuando los hechos son graves, también por la vía penal.
    Pide tu consulta gratuita
    Vías para denunciar

    Vía laboral y vía penal

    Se pueden usar a la vez. Te explicamos cuál conviene en tu caso y en qué orden.

    Vía laboral

    Demanda ante el juzgado de lo social

    La demanda de tutela de derechos fundamentales es un procedimiento urgente y preferente. Permite pedir que cese el acoso y una indemnización.

    • Si la situación es insostenible, puedes pedir al juez la extinción del contrato con indemnización.
    • En casos graves, se puede pedir que no tengas que acudir al trabajo mientras dura el proceso.
    • Si estás de baja por el acoso, puede reconocerse como accidente de trabajo.
    Vía penal

    Denuncia por acoso laboral o sexual

    El Código Penal castiga el acoso grave en el trabajo aprovechando una relación de superioridad (art. 173) y el acoso sexual (art. 184).

    • Presentamos la denuncia con las pruebas reunidas.
    • En el proceso penal también se reclama la indemnización de los daños.
    Dónde estamos

    Abogados de acoso laboral en Málaga

    Te atendemos en nuestras dos sedes de Málaga capital, en el resto de sedes de la provincia o por videollamada. Trae, si puedes, los mensajes, informes médicos o cualquier prueba que tengas.

    Málaga Centro

    C. Hilera, 6-A, Entreplanta, Distrito Centro
    29007 Málaga

    951 499 160 · WhatsApp 633 225 855

    • Lunes a jueves8:30–14:00 · 16:00–19:00
    • Viernes9:00–14:00

    Teatinos – Ciudad de la Justicia

    C. Mefistófeles, 22, Teatinos-Universidad
    29006 Málaga

    664 534 040

    • Lunes a jueves8:30–14:00 · 16:00–19:00
    • Viernes9:00–14:00

    Juzgados de lo social de Málaga

    Las demandas por acoso laboral de Málaga capital se tramitan en la sección de lo social del Tribunal de Instancia de Málaga, en la Ciudad de la Justicia. Nuestra sede de Teatinos está justo enfrente.

    Denuncias penales

    Las denuncias por acoso laboral o sexual se presentan en el juzgado de guardia, en una comisaría o ante la Fiscalía. Te acompañamos y preparamos la documentación.

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el acoso laboral

    ¿Qué se considera acoso laboral?

    Conductas hostiles o humillantes que se repiten en el tiempo y que buscan aislarte, desacreditarte o que dejes el trabajo. Puede venir de un jefe, de compañeros o de la propia empresa. Un conflicto puntual o una decisión organizativa que no compartes no son, por sí solos, acoso.

    ¿Puedo grabar a mi jefe para probar el acoso?

    Los tribunales suelen admitir como prueba las grabaciones de conversaciones en las que participa quien graba. No es lo mismo grabar conversaciones ajenas. Antes de usar una grabación, la revisamos contigo.

    ¿Puedo pedir la baja por acoso laboral?

    Sí, si tu salud se ve afectada. Cuéntale a tu médico lo que ocurre en el trabajo. Si la baja se debe al acoso, se puede pedir que se reconozca como accidente de trabajo, lo que mejora la prestación.

    ¿Puedo irme de la empresa y cobrar indemnización y paro?

    Sí, pero no basta con dejar el trabajo: hay que pedir al juez que extinga el contrato por el incumplimiento grave de la empresa. Si lo reconoce, te corresponde la misma indemnización que en un despido improcedente y puedes cobrar el paro. No dejes de ir al trabajo sin consultarlo antes.

    ¿Qué plazo tengo para denunciar el acoso?

    El acoso suele ser una situación continuada, así que conviene actuar mientras dura o justo después. Para reclamar una indemnización en la vía laboral, el plazo general es de un año. Si te despiden, el plazo para demandar es de solo 20 días hábiles.

    ¿La consulta es confidencial?

    Sí. Lo que nos cuentes está protegido por el secreto profesional. La empresa no sabrá que has consultado con nosotros hasta que tú decidas actuar.

    Consulta gratis con abogados especialistas en acoso laboral

    Valoramos tu caso gratis y de forma confidencial y te decimos qué puedes hacer.

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    Cuenta con el asesoramiento de profesionales especializados en diferentes áreas jurídicas
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