Cancelamos 24.915,09 € de deuda y nuestro cliente conserva su vehículo
El despacho Rojano Vera Abogados ha conseguido una nueva resolución judicial favorable en Málaga mediante la Ley de Segunda Oportunidad, logrando que un cliente obtenga la exoneración definitiva de 24.915,09 euros de deuda sin tener que renunciar a su vehículo.
Mediante Auto de 24 de septiembre de 2026, la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga, Plaza nº 2, ha concedido la exoneración definitiva de las deudas exonerables, poniendo fin a una situación de sobreendeudamiento que comprometía la estabilidad económica del cliente.
El procedimiento, llevado por la letrada Sara Flores Carnacea, ha permitido compatibilizar la cancelación de las deudas con la conservación del vehículo, manteniendo al margen la financiación pendiente que el cliente podrá continuar abonando.

Letrada nº 10.579
Cancelación de casi 25.000 euros mediante la Ley de Segunda Oportunidad
El despacho Rojano Vera Abogados ha obtenido una nueva resolución judicial favorable en materia de Ley de Segunda Oportunidad en Málaga, permitiendo que su cliente se libere de una deuda de 24.915,09 euros.
La situación de sobreendeudamiento comprometía la estabilidad económica del cliente y dificultaba que pudiera hacer frente a sus obligaciones de pago. Ante estas circunstancias, se tramitó el procedimiento correspondiente para solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.
El resultado ha sido la concesión de la exoneración definitiva de las deudas exonerables, ofreciendo al cliente la posibilidad de comenzar una nueva etapa económica sin las obligaciones de pago correspondientes a las deudas canceladas.
Auto favorable del Tribunal de Instancia de Málaga
Mediante Auto de 24 de septiembre de 2026, la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga, Plaza nº 2, concedió al cliente la exoneración definitiva de 24.915,09 euros de deuda.
El órgano judicial reconoció que concurrían los requisitos legales para acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho, considerando al cliente deudor de buena fe.
La resolución permitió cancelar las deudas exonerables y liberar al cliente de las obligaciones de pago correspondientes a estas, incluidos los intereses y recargos asociados.
Este pronunciamiento supone un avance decisivo para recuperar la estabilidad económica y dejar atrás una situación de sobreendeudamiento.
Conservamos el vehículo sin renunciar a la cancelación de las deudas
Uno de los aspectos más relevantes de este procedimiento ha sido conseguir que el cliente pudiera conservar su vehículo y, al mismo tiempo, liberarse de las deudas contraídas con distintas entidades financieras.
La financiación pendiente del vehículo se ha mantenido al margen de las deudas exoneradas. De este modo, el cliente podrá continuar abonando las cuotas correspondientes a esa financiación para conservar su vehículo.
Este resultado pone de manifiesto que acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad no implica necesariamente perder todos los bienes. Cada situación debe analizarse jurídicamente para determinar qué deudas pueden exonerarse y cómo afecta el procedimiento a los bienes y obligaciones que se mantienen.
En este caso, la estrategia jurídica permitió compatibilizar la exoneración de las deudas reconocidas en el procedimiento con la conservación de un bien importante para el cliente.
Eliminación de las deudas exoneradas y actualización de la información crediticia
La resolución judicial no solo permite al cliente liberarse de las obligaciones de pago correspondientes a las deudas exoneradas, sino que también contempla medidas para actualizar su situación financiera.
El Juzgado ha ordenado que las entidades acreedoras comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia en los que hubieran registrado los impagos.
Esta medida permite que la información relativa a las deudas exoneradas pueda actualizarse conforme a la resolución judicial, contribuyendo a que la situación financiera del cliente refleje los efectos de la exoneración concedida.
Claves de este éxito judicial
Auto judicial favorable: Resolución de 24 de septiembre de 2026 del Tribunal de Instancia de Málaga, Sección Mercantil, Plaza nº 2.
Deudor de buena fe: El órgano judicial reconoció que concurrían los requisitos legales para acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho.
Conservación del vehículo: El cliente podrá mantener su vehículo y continuar abonando la financiación pendiente que queda al margen de las deudas exoneradas.
Cancelación de 24.915,09 euros: Exoneración definitiva de las deudas exonerables y comunicación a los sistemas de información crediticia para actualizar los registros de impagos.
La Ley de Segunda Oportunidad puede permitir que una persona sobreendeudada recupere su estabilidad económica sin tener que renunciar necesariamente a todos sus bienes.
— En este caso, conseguimos la exoneración definitiva de 24.915,09 euros de deuda y que nuestro cliente conserve su vehículo, manteniendo la financiación pendiente al margen de las deudas exoneradas.Conclusión: una nueva oportunidad para recuperar la tranquilidad económica
Este nuevo éxito judicial de Rojano Vera Abogados en Málaga demuestra la importancia de estudiar cada situación de insolvencia de forma individualizada y diseñar una estrategia jurídica adaptada a las circunstancias del deudor.
Gracias al Auto de 24 de septiembre de 2026, nuestro cliente ha obtenido la exoneración definitiva de 24.915,09 euros de deuda, sin tener que renunciar a su vehículo y con la posibilidad de continuar abonando la financiación pendiente para conservarlo.
Además, la resolución contempla la comunicación de la exoneración a los sistemas de información crediticia en los que se hubieran registrado los impagos, para que se actualice la situación financiera del cliente.
En Rojano Vera Abogados, seguimos trabajando para ayudar a las personas que atraviesan situaciones de insolvencia a recuperar su tranquilidad económica y comenzar una nueva etapa.
¿Tienes deudas que no puedes afrontar? Estudiamos tu situación y analizamos si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
Resumen del caso
Tipo de caso: Exoneración del pasivo insatisfecho mediante la Ley de Segunda Oportunidad.
Provincia: Málaga.
Órgano judicial: Tribunal de Instancia de Málaga, Sección Mercantil, Plaza nº 2.
Resolución: Auto de 24 de septiembre de 2026.
Letrada: Sara Flores Carnacea.
Deuda exonerada: 24.915,09 euros.
Requisito reconocido: Condición de deudor de buena fe y concurrencia de los requisitos legales para la exoneración.
Vehículo: Conservación del vehículo, manteniendo al margen la financiación pendiente, que el cliente podrá continuar abonando.
Efectos de la resolución: Exoneración de las deudas exonerables, incluidos los intereses y recargos asociados, y comunicación a los sistemas de información crediticia.
Resultado: Cancelación definitiva de las deudas exonerables sin tener que renunciar al vehículo.
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