Logramos anular la compra de un coche defectuoso y cancelar su financiación bancaria
Rojano Vera Abogados ha conseguido una sentencia íntegramente estimatoria que obliga al concesionario y a la entidad financiera a devolver las cantidades abonadas por la compra de un vehículo defectuoso, cancelar el préstamo bancario y asumir las costas judiciales.
Nuestra clienta adquirió un vehículo de segunda mano por 4.850 euros, mediante un préstamo bancario cuyo importe total, incluidos los intereses de financiación, ascendía a 6.191,52 euros. Apenas unos días después de la compra, el vehículo comenzó a presentar graves averías mecánicas que afectaban al turbo, la caja de cambios y el alternador.
La abogada Sara Flores Carnacea interpuso una demanda contra el concesionario y la entidad financiera. El Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Málaga estimó íntegramente la demanda al reconocer los defectos graves del vehículo desde su entrega y la vinculación entre el contrato de compraventa y el préstamo destinado a financiarla.

Dirección letrada de la reclamación contra el concesionario y la entidad financiera.
La compra de un vehículo de segunda mano con graves averías mecánicas
Nuestra clienta adquirió un vehículo de segunda mano por 4.850 euros, financiando la operación mediante un préstamo bancario cuyo importe total, incluidos los intereses de financiación, ascendía a 6.191,52 euros.
Sin embargo, apenas unos días después de la compra, el vehículo comenzó a presentar graves averías mecánicas que afectaban, entre otros elementos, al turbo, la caja de cambios y el alternador, impidiendo su utilización normal.
La situación era especialmente grave porque el coste de reparar las averías superaba el propio precio de adquisición del vehículo.
Ante estas circunstancias, nuestra abogada Sara Flores Carnacea interpuso una demanda contra el concesionario y la entidad financiera, solicitando la resolución de ambos contratos y la devolución de las cantidades abonadas.
La dificultad jurídica: conseguir que la entidad financiera también respondiera
La principal dificultad del procedimiento consistía en conseguir que la entidad bancaria también respondiera por las consecuencias de la venta del vehículo defectuoso, pese a que esta defendía que su intervención se había limitado a financiar la operación.
La reclamación no se dirigía únicamente contra el concesionario. También se solicitaba la resolución del contrato de financiación, al estar el préstamo directamente vinculado a la compraventa del vehículo.
Para resolver la controversia, resultaba necesario acreditar los defectos graves que presentaba el vehículo desde su entrega y la vinculación existente entre el contrato de compraventa y el préstamo bancario.
Tras valorar la prueba documental y pericial aportada, el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Málaga estimó íntegramente la demanda y reconoció que el préstamo constituía un contrato de financiación vinculado a la compraventa.
La sentencia resuelve la compraventa y cancela el préstamo bancario
Mediante Sentencia n.º 404/2025, de 19 de septiembre de 2025, el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Málaga estimó íntegramente la demanda presentada por Rojano Vera Abogados.
La resolución acuerda la resolución del contrato de compraventa, con la correspondiente restitución del vehículo al concesionario y la devolución de su precio en los términos establecidos judicialmente.
Asimismo, acuerda la cancelación del préstamo bancario, liberando a nuestra clienta de continuar pagando las cuotas pendientes, sin gastos ni penalizaciones por la resolución.
De esta forma, la resolución judicial permite resolver tanto la compraventa como el contrato de financiación vinculado a la operación.
Devolución de las cantidades abonadas e indemnización adicional
La sentencia condena solidariamente al concesionario y a la entidad financiera a devolver las cantidades que nuestra clienta hubiera abonado por el préstamo, hasta un máximo de 6.191,52 euros.
Esto significa que deben reintegrarle lo efectivamente pagado por la financiación, no necesariamente la totalidad del importe financiado. La cantidad exacta se determinará en ejecución de sentencia.
Además, el concesionario ha sido condenado al pago de una indemnización adicional de 138,90 euros, más los intereses correspondientes.
La resolución también impone a las empresas demandadas el pago de las costas judiciales.
Claves de esta victoria judicial
Defectos mecánicos graves: El vehículo presentaba averías en el turbo, la caja de cambios y el alternador apenas unos días después de la compra, y el coste de reparación superaba el precio de adquisición.
Prueba documental y pericial: El Juzgado valoró la prueba aportada y reconoció que el vehículo presentaba defectos graves desde el momento de su entrega.
Responsabilidad de la financiera: El Juzgado reconoció que el préstamo constituía un contrato de financiación vinculado a la compraventa del vehículo.
Resolución íntegra de la demanda: Resolución de la compraventa, cancelación del préstamo, devolución solidaria de las cantidades abonadas hasta el máximo establecido, indemnización adicional de 138,90 euros y condena en costas.
Cuando un préstamo está directamente vinculado a la compra de un vehículo defectuoso y concurren los requisitos legales, la resolución de la compraventa puede extender sus efectos al contrato de financiación.
— En este caso, conseguimos resolver la compraventa, cancelar el préstamo bancario y obtener la devolución de las cantidades efectivamente abonadas por la financiación, además de una indemnización adicional de 138,90 euros.Conclusión: anulamos la compra y conseguimos cancelar la financiación
Este caso es especialmente relevante porque Rojano Vera Abogados consiguió que la responsabilidad no recayera exclusivamente sobre el concesionario, sino también sobre la entidad financiera.
El Juzgado confirmó que, cuando un préstamo está directamente vinculado a la compra de un vehículo defectuoso y concurren los requisitos legales, la resolución de la compraventa puede extender sus efectos al contrato de financiación.
Gracias a la Sentencia n.º 404/2025, de 19 de septiembre de 2025, nuestra clienta consiguió resolver la compra de un vehículo que no podía utilizar, cancelar el préstamo bancario y recuperar las cantidades efectivamente abonadas por la financiación, dentro del límite establecido judicialmente.
Además, el concesionario fue condenado al pago de una indemnización adicional de 138,90 euros, más intereses, y ambas empresas deben asumir las costas judiciales.
La actuación de nuestra abogada Sara Flores Carnacea permitió defender los derechos de la clienta frente al concesionario y la entidad financiera.
Resumen del caso
Tipo de asunto: Resolución de compraventa de vehículo defectuoso y cancelación de financiación bancaria.
Provincia: Málaga.
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Málaga.
Sentencia: N.º 404/2025, de 19 de septiembre de 2025.
Dirección letrada: Sara Flores Carnacea, de Rojano Vera Abogados.
Precio de compra del vehículo: 4.850 euros.
Importe total de la financiación: 6.191,52 euros, incluidos los intereses.
Averías: Defectos mecánicos en el turbo, la caja de cambios y el alternador, cuyo coste de reparación superaba el precio de adquisición.
Resultado: Demanda estimada íntegramente.
Compraventa: Resolución del contrato y restitución del vehículo al concesionario, con devolución del precio en los términos establecidos judicialmente.
Financiación: Cancelación del préstamo bancario sin gastos ni penalizaciones por la resolución y liberación de las cuotas pendientes.
Devolución de cantidades: Condena solidaria del concesionario y la financiera a devolver lo efectivamente abonado por el préstamo, hasta un máximo de 6.191,52 euros. La cantidad exacta se determinará en ejecución de sentencia.
Indemnización adicional: 138,90 euros a cargo del concesionario, más los intereses correspondientes.
Costas: Condena a las empresas demandadas.
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