Caso de Éxito

Conseguimos una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales

Rojano Vera Abogados ha conseguido una resolución favorable que permite a nuestra clienta residir y trabajar legalmente en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

La Dirección General de Gestión Migratoria ha concedido una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales al amparo de la disposición adicional vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería, prevista para situaciones de vulnerabilidad.

Tras la tramitación del expediente, la Administración reconoció el cumplimiento de los requisitos exigidos y dictó una resolución favorable el 9 de octubre de 2026, con efectos desde el 14 de mayo de 2026 y vigencia hasta el 13 de mayo de 2027.

Sara Flores Carnacea
Sara Flores Carnacea
Letrada de Rojano Vera Abogados

Dirección letrada del expediente de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales

Rojano Vera Abogados ha conseguido que la Dirección General de Gestión Migratoria conceda a nuestra clienta una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, permitiéndole regularizar su situación administrativa en España.

La autorización se concedió al amparo de la disposición adicional vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería, prevista para situaciones de vulnerabilidad.

Tras la tramitación del expediente, la Administración reconoció que se cumplían los requisitos exigidos y dictó una resolución favorable el 9 de octubre de 2026.

Esta resolución permite a nuestra clienta residir y trabajar legalmente en España durante el periodo de vigencia de la autorización.

Una resolución favorable que permite residir y trabajar legalmente en España

La autorización concedida permite a nuestra clienta residir legalmente en España durante un año.

Asimismo, le permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin limitaciones de ocupación o sector de actividad y en cualquier parte del territorio nacional.

Esta autorización supone un avance fundamental para la estabilidad personal y laboral de nuestra clienta, al permitirle regularizar su situación administrativa y acceder legalmente al mercado de trabajo español.

Fechas y vigencia de la autorización concedida

La Dirección General de Gestión Migratoria dictó la resolución favorable el 9 de octubre de 2026.

La autorización concedida tiene efectos desde el 14 de mayo de 2026 y vigencia hasta el 13 de mayo de 2027.

La resolución reconoce así la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dentro del periodo indicado.

Tramitación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero

La autorización obtenida permite a nuestra clienta tramitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

La eficacia de la autorización no queda condicionada a la expedición de dicha tarjeta, por lo que la autorización concedida no depende de que la TIE haya sido expedida.

Claves de este caso de éxito en Derecho de Extranjería

Resolución favorable: La Dirección General de Gestión Migratoria concedió la autorización el 9 de octubre de 2026.

Fundamento jurídico: Autorización concedida al amparo de la disposición adicional vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería, prevista para situaciones de vulnerabilidad.

Residencia durante un año: La autorización tiene efectos desde el 14 de mayo de 2026 y vigencia hasta el 13 de mayo de 2027.

Autorización para trabajar: Permite trabajar por cuenta ajena o propia, sin limitaciones de ocupación o sector de actividad y en cualquier parte del territorio nacional.

La autorización concedida permite a nuestra clienta residir y trabajar legalmente en España durante un año, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

— La resolución favorable se dictó el 9 de octubre de 2026, con efectos desde el 14 de mayo de 2026 y vigencia hasta el 13 de mayo de 2027.

Conclusión

Rojano Vera Abogados ha conseguido una resolución favorable que concede a nuestra clienta una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, al amparo de la disposición adicional vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería, prevista para situaciones de vulnerabilidad.

La intervención de nuestra letrada Sara Flores Carnacea permitió obtener una autorización que reconoce el derecho de nuestra clienta a residir legalmente en España durante un año y a trabajar por cuenta ajena o propia, sin limitaciones de ocupación o sector de actividad y en cualquier parte del territorio nacional.

La autorización tiene efectos desde el 14 de mayo de 2026 y vigencia hasta el 13 de mayo de 2027. Además, permite tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), sin que la eficacia de la autorización quede condicionada a su expedición.

Este resultado supone un avance fundamental para la estabilidad personal y laboral de nuestra clienta, al permitirle regularizar su situación administrativa y acceder legalmente al mercado de trabajo español.

Resumen del caso

Materia: Derecho de Extranjería.

Procedimiento: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

Organismo: Dirección General de Gestión Migratoria.

Fecha de resolución: 9 de octubre de 2026.

Fundamento jurídico: Disposición adicional vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería, prevista para situaciones de vulnerabilidad.

Resultado: Autorización de residencia y trabajo concedida.

Fecha de efectos: 14 de mayo de 2026.

Vigencia hasta: 13 de mayo de 2027.

Duración: Un año.

Residencia: Autorización para residir legalmente en España.

Trabajo: Por cuenta ajena o propia, sin limitaciones de ocupación o sector de actividad y en cualquier parte del territorio nacional.

Tarjeta de identidad: Posibilidad de tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), sin que la eficacia de la autorización quede condicionada a su expedición.

Dirección letrada: Sara Flores Carnacea, de Rojano Vera Abogados.

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