Conseguimos el archivo de una causa penal por presuntos delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones por imprudencia grave tras un accidente en una obra
Rojano Vera Abogados presenta este resultado favorable en un procedimiento penal iniciado a raíz de una denuncia del Ministerio Fiscal por un grave accidente laboral ocurrido durante la ejecución de una obra de construcción en Casares (Málaga).
El accidente tuvo lugar el 19 de febrero de 2020, durante la construcción de un conjunto residencial de 44 viviendas, trasteros y aparcamientos. Un trabajador que realizaba trabajos de albañilería cayó desde una plataforma de andamio situada aproximadamente a tres metros de altura, sufriendo lesiones en el pie izquierdo.
Tras la práctica de las diligencias de investigación, el Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento provisional de las actuaciones. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona acogió esta petición mediante auto de 30 de enero de 2025, al considerar que no había quedado suficientemente justificada la perpetración del delito que había motivado la apertura de la causa penal.

Derecho penal laboral, accidentes de trabajo, responsabilidad empresarial y prevención de riesgos laborales.
Antecedentes del caso: accidente laboral durante la construcción de un conjunto residencial
El procedimiento tiene su origen en un accidente laboral ocurrido el 19 de febrero de 2020, durante la construcción de un conjunto residencial de 44 viviendas, trasteros y aparcamientos en el municipio de Casares, en la provincia de Málaga.
En la obra intervenían diversas empresas contratistas y subcontratistas, así como responsables de ejecución, coordinación de seguridad y prevención de riesgos laborales.
Durante la realización de trabajos de albañilería, un trabajador se encontraba sobre una plataforma de andamio situada aproximadamente a tres metros de altura cuando, según los hechos recogidos en la denuncia, cedió uno de los elementos que soportaban la plataforma.
Como consecuencia, el trabajador cayó al suelo y sufrió lesiones en el pie izquierdo.
La denuncia del Ministerio Fiscal por posibles delitos laborales
A raíz del accidente y de las actuaciones de la Inspección de Trabajo, el Ministerio Fiscal formuló denuncia contra varios responsables vinculados a las empresas participantes en la obra.
La denuncia atribuía posibles incumplimientos de las obligaciones de seguridad y prevención de riesgos laborales, particularmente relacionados con la supervisión, inspección y mantenimiento del andamio utilizado por los trabajadores.
Los hechos fueron inicialmente considerados susceptibles de constituir los siguientes delitos:
Delito contra los derechos de los trabajadores: Previsto en los artículos 316 y siguientes del Código Penal.
Delito de lesiones por imprudencia grave: Previsto en el artículo 152.1 del Código Penal.
La investigación penal se extendió a diferentes responsables de la obra, entre ellos personal de dirección, encargados, recursos preventivos, coordinadores de seguridad y responsables de empresas subcontratistas.
El procedimiento judicial en el Juzgado de Estepona
La investigación se tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona, en el marco de las Diligencias Previas n.º 443/2021.
El procedimiento tuvo su origen en la denuncia del Ministerio Fiscal por el accidente laboral ocurrido durante la ejecución de la obra de construcción en Casares.
La investigación tenía por objeto determinar si los hechos denunciados permitían atribuir responsabilidad penal a los diferentes responsables vinculados a las empresas participantes en la obra por los presuntos delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones por imprudencia grave.
El Ministerio Fiscal solicita el sobreseimiento provisional
Tras la práctica de las diligencias de investigación, el Ministerio Fiscal interesó expresamente el sobreseimiento provisional de las actuaciones, de conformidad con el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La petición se fundamentó en que no había quedado suficientemente justificada la perpetración del delito que había motivado la apertura de la causa penal.
El órgano judicial acogió la solicitud del Ministerio Público y acordó el sobreseimiento provisional del procedimiento.
Auto de 30 de enero de 2025: archivo provisional de la causa penal
Mediante auto de 30 de enero de 2025, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona acordó el sobreseimiento provisional del procedimiento penal.
La resolución establece que, una vez adquirida firmeza, se proceda al archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder al perjudicado ante otras jurisdicciones.
Asimismo, dispuso remitir testimonio de la resolución a la Administración autonómica competente en relación con el expediente administrativo seguido por los mismos hechos.
El resultado permitió poner fin, en esta fase procesal, a la investigación penal por los presuntos delitos contra los derechos de los trabajadores que habían motivado el procedimiento.
La relevancia jurídica del sobreseimiento provisional
La relevancia del asunto radica en que la causa tuvo su origen en una denuncia formulada directamente por el Ministerio Fiscal, a raíz de un accidente laboral investigado por las autoridades competentes en materia de prevención de riesgos laborales.
Pese a ello, tras la instrucción practicada, el propio Ministerio Público solicitó el sobreseimiento provisional, petición que fue acogida por el órgano judicial.
La decisión judicial evitó la continuación de la causa penal hacia el juicio oral, al no considerarse suficientemente acreditada la comisión del delito investigado.
La producción de un accidente laboral, incluso cuando se investigan posibles deficiencias preventivas, no determina automáticamente la comisión de un delito. Para exigir responsabilidad penal deben concurrir los presupuestos legalmente establecidos y existir una justificación suficiente de la perpetración del hecho delictivo.
— Auto de 30 de enero de 2025 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona.Nuestra valoración jurídica
Este asunto pone de manifiesto la importancia de diferenciar entre las posibles infracciones de la normativa de prevención de riesgos laborales y la existencia de responsabilidad penal.
La producción de un accidente laboral, incluso cuando se investigan posibles deficiencias preventivas, no determina automáticamente la comisión de un delito.
Para exigir responsabilidad penal deben concurrir los presupuestos legalmente establecidos y existir una justificación suficiente de la perpetración del hecho delictivo.
La resolución obtenida constituye un resultado favorable en el ámbito de la defensa penal vinculada a la siniestralidad laboral, al acordarse el sobreseimiento provisional de la investigación.
Conclusión
El procedimiento finalizó con una resolución favorable al acordarse el sobreseimiento provisional de la causa penal iniciada a raíz de la denuncia del Ministerio Fiscal por el accidente laboral ocurrido el 19 de febrero de 2020 en Casares.
Tras la práctica de las diligencias de investigación, el Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento al amparo del artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona acogió dicha petición mediante auto de 30 de enero de 2025.
La resolución establece que, una vez adquirida firmeza, se proceda al archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder al perjudicado ante otras jurisdicciones. También dispone remitir testimonio a la Administración autonómica competente en relación con el expediente administrativo seguido por los mismos hechos.
Este caso pone de manifiesto la importancia de analizar los requisitos específicos de la responsabilidad penal y distinguirlos de las posibles infracciones administrativas en materia de prevención de riesgos laborales.
En Rojano Vera Abogados prestamos asesoramiento y defensa jurídica en procedimientos derivados de accidentes de trabajo, responsabilidad empresarial y presuntos delitos contra los derechos de los trabajadores.
Resumen del caso
Tipo de asunto: Defensa penal vinculada a un accidente laboral en una obra de construcción.
Localidad del accidente: Casares, Málaga.
Órgano judicial: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona.
Procedimiento: Diligencias Previas n.º 443/2021.
Resolución: Auto de 30 de enero de 2025.
Origen: Denuncia del Ministerio Fiscal a raíz de un accidente laboral.
Fecha del accidente: 19 de febrero de 2020.
Obra: Construcción de un conjunto residencial de 44 viviendas, trasteros y aparcamientos.
Accidente: Caída de un trabajador desde una plataforma de andamio situada aproximadamente a tres metros de altura, tras ceder uno de sus elementos de soporte.
Lesiones: Lesiones en el pie izquierdo.
Personas investigadas: Diferentes responsables de dirección, encargados, recursos preventivos, coordinadores de seguridad y responsables de empresas subcontratistas.
Delitos investigados: Delito contra los derechos de los trabajadores, previsto en los artículos 316 y siguientes del Código Penal, y lesiones por imprudencia grave, previstas en el artículo 152.1 del Código Penal.
Solicitud del Ministerio Fiscal: Sobreseimiento provisional conforme al artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Fundamento de la resolución: No quedó suficientemente justificada la perpetración del delito que motivó la apertura de la causa penal.
Resultado: Sobreseimiento provisional de la causa penal.
Archivo: Previsto una vez que la resolución adquiera firmeza.
Otras actuaciones: Remisión de testimonio de la resolución a la Administración autonómica competente respecto del expediente administrativo seguido por los mismos hechos.
Alcance: El sobreseimiento penal se acuerda sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder al perjudicado ante otras jurisdicciones.
Ámbito profesional: Derecho penal laboral, accidentes de trabajo, responsabilidad empresarial y prevención de riesgos laborales.
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